La Corte se apelaciones de Santiago como Tribunal de segunda instancia resolvió elevar las condenas de los siete militares en retiro condenados por el secuestro calificado y homicidio calificado de Vítor Jara y Littré Quiroga, perpetrados en septiembre de 1973, luego del golpe cívico-militar.
La sentencia que rola en causa 4160-2018 de la 8va sala del Tribunal de alzada fue integraba el ministro Alejandro Rivera y las ministras Gloria Solís y Ana María Osorio, decretó como penas para los militares en retiro Raúl Jofré González, Edwin Dimter Bianchi, Nelson Haase Mazzei, Ernesto Bethke Wulf, Juan Jara Quintana y Hernán Chacón Soto a penas de 15 años y un día, en calidad de autores de los homicidios, 10 años y un día de presidio, como autores del delito de secuestro calificado de Jara y Quiroga.
Además al señaló que al exoficial Rolando Melo Silva deberá purgar 5 años y un día de presidio, como encubridor de los homicidios, y 3 años y un día de presidio como encubridor de los secuestros.
Se señala que la decisión del aumento de las penas a los violadores de derechos humanos se debe a la re calificación del secuestro calificado “atendido lo gravedad de los hechos que fueron víctimas y los malos tratos a los que fueron sometidos durante su prisión en el entonces Estadio Chile.” (…) “Que, se entiende por secuestro “El que sin derecho encerrare o detuviere a otro privándole de su libertad”, el cual se califica por el transcurso del tiempo, más de 90 días de privación de libertad, o por el grave daño en la persona o en los intereses del secuestrado.”
El fallo señala que las dos víctimas no solo fueron detenidas sino que también mantenidas en encierro sin que existiera orden emanada de autoridad competente para ello por lo que lo sucedido se configura como secuestro, sumado lo anterior a las malas condiciones y lo ilegales interrogatorios y maltrato físico al que fueron sometidos entre el 12 y 15 de septiembre de 1973 como dan cuenta un sin número de testimonios. En el caso de Quiroga, “que éste presentaba signos claros de tortura, golpes en todo el cuerpo y quemaduras de cigarros, sufriendo repetidas golpizas causadas por patadas de los uniformados y de las culatas de los fusiles que portaban. Era interrogado reiteradamente, volviendo en condiciones deplorables pues apenas podía sostenerse en pie, regresando con claras señales de haber padecido tratos ilegítimos, siendo que cuando caía de rodillas, era inmediatamente atacado por los soldados que lo golpeaban y obligaban a ponerse nuevamente en pie, resultando malherido y sin recibir atenciones médicas mínimas, lo que se reiteró durante su cautiverio, describiéndosele como convertido en un bulto, cojeando permanentemente y ensangrentado.”
En el caso de Víctor Jara “visiblemente deteriorado física y anímicamente, con su rostro hinchado con innumerables hematomas, manos ensangrentadas y deformadas, cuyos dedos evidentemente fueron quebrados o fracturados, puesto que se doblaban con facilidad. Fue interrogado ilegalmente y seguidamente sometido a torturas que podían durar toda la noche, incluso se detalla que tenía su mano izquierda lesionada así como su ojo izquierdo, producto de golpes recibidos al regreso de esas declaraciones, vejaciones que llegaron a límites inconcebibles como aconsejarle que “cantara” alguna canción a un Teniente de rasgos germánicos, por deseos de sus captores u ordenarle a apoyar las manos en un muro, las que golpeaban sus captores con las culatas de sus fusiles, siendo arrastrado por los mismos soldados hacia otro sector del Estadio Chile, estado que no impedía a que día a día se repitieran los malos tratos”.
Agrega el fallo que a lo anterior hay que agregar el desconocimiento que de su paradero se tuvo por mucho tiempo hasta ser sacados de Estadio Chile para ser lanzados a la vía pública con otros cadáveres también de identidad desconocida e igualmente muertas por impactos de bala “siendo encontrados el 16 de septiembre de 1973 por pobladores que pertenecían a organizaciones comunitarias y sociales en las inmediaciones del Cementerio Metropolitano, en un terreno baldío cercano a la línea férrea, los que limpiaron sus rostros y pudieron reconocerlos, advirtiendo que presentaban diversos hematomas y signos inequívocos de haber recibido fuertes golpes y los múltiples impactos de bala que se detallaron en los respectivos informes de autopsia, siendo llevados en las horas siguientes al entonces Instituto Médico Legal, en denuncias previamente efectuadas por Carabineros, lugar donde, a consecuencia de la directa y fortuita intervención de terceros, pudieron ser identificados, permitiendo a sus familiares más cercanos concurrir a dicha repartición y obtener la entrega de sus cadáveres, para su posterior inhumación.”
Finalmente señala la Corte de Apelaciones que “Demostrativo de la sinrazón y el odio visceral que despertaban los dos ofendidos de autos, no obstante desempeñarse con propiedad y de manera destacada, uno en labores administrativas en la Dirección General de Prisiones de la que era su Director y, el otro, como conocido cantautor de fama nacional e internacional, así como docente e investigador universitario, por el solo hecho de pensar distinto al adherir públicamente al gobierno civil democráticamente elegido y en ejercicio, y estimárseles opositores al régimen militar violento que se hacía del poder político, es que recibieron día a día el maltrato y vejaciones, sin pausa, pese al evidente deterioro espiritual y fragilidad física que presentaban, lo que no amedrentó a sus hechores de incentivar y continuar con este trato inhumano, que culminó en el caso de Víctor Jara, con el abandono de sus restos en un sitio eriazo, a quien con una altura de 1 metro y 67 cms. y 66 kilos de peso, se le contabilizaron un total de 44 orificios de entrada de bala, distribuidos a lo largo de todo el cuerpo, evidenciando herida de bala en la región parietal derecha, y de quien se concluye en base de las evidencias forenses, que la causa de muerte corresponde a “heridas múltiples a bala”; y, en igual lugar, a Littré Quiroga, quien presentaba al menos 22 lesiones en sus osamentas que se identifican como lesiones por proyectil balístico, existiendo orificios de entrada y salida entre éstos.”
Fuente Pjud.cl
Revista también: Nueve ex oficiales del ejército son condenados por el asesinato de Victor Jara y Littre Quiroga.
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