En definitiva se trata de un proyecto presentado por parlamentarios del partido de ultraderecha, UDI, quienes a través de una reforma constitucional buscan proteger a las AFP, ante la “constante debilitación del sistema de pensiones a manos del populismo” elevando el quorum de cualquier intento de “nacionalización, estatización, embargo o expropiación de los fondos previsionales de capitalización individual” en abierta negativa a que los trabajadores puedan seguir retirando sus ahorros obligatorios en estas empresas.
Luego de la debacle electoral del régimen y sus partidos en las pasadas elecciones, el sector no ha cambiado su actitud en el congreso y luego de rechazar en bloque el impuesto a los super ricos para financiar la crisis en pandemia, ingresaron ahora un proyecto de ley que busca proteger a las AFP elevando el quorum de las leyes como las que se han aprobado para permitir los retiros de parte de los trabajadores de sus ahorros obligatorios en dichas empresas.
Según los derechistas diputados lo que se busca es proteger el derecho de propiedad de los trabajadores sobre sus fondos de capitalización individuales que son sin embargo administrados por las AFP, las cuales han hechos grandes campañas para evitar que estos sean retirados por sus dueños en medio de la crisis económica de la pandemia y la nula intervención estatal para paliar la situación por la que atraviesan millones de chilenos.
En específico los gremialistas en su proyectos señalan que este “tiene por objeto introducir una reforma constitucional a fin de agravar el quórum para la aprobación de todos aquellos proyectos de ley que importen cualquier clase de modificación a los fondos de capitalización individual, atendiendo a la importancia que tienen estos para garantizar las pensiones futuras de sus afiliados, como lo sensible que resulta la materia” modificando el artículo 65 N°6 de la Constitución, que trata de las materias de Iniciativa Exclusivas del Presidente de la República, entre las que están las materias de seguridad social del sector público y privado, yen su numeral sexto trata las relativas a fondos de capitalización individual sobres las cuales buscan se requiera una ley de quórum calificado, es decir un quórum de aprobación de 3/4 de los diputados.