Se trata de una apelación de parte del Grupo Penta que aceptó el Servicio de Impuestos Internos, por la cual el servicio aceptó rebajar de los impuestos de Penta como “gasto necesario” lo que la empresa pagó en asesoría legal en el juicio por delitos tributarios y financiamiento ilegal de la política en que estuvieron involucrados sus controladores, beneficio que ascendió a $1.400 millones de pesos y que se extendería a otras empresas en similar situación.
Ciper Chile fue el medio periodístico que hizo pública la escandalosa situación señalando que si bien desde el SII señalan que la decisión se ajusta a derecho, funcionarios del propio servicio indican que no se entiende el beneficio debido a que los controladores actuaron con dolo para que la empresa defraudara al Fisco.
Recordar que los controladores de ésta, Carlo Delano y Carlos Eugenio Lavín, estuvieron involucrados en juicios por delitos tributarios y las denominadas “platas políticas” con las que se financió ilegalmente candidaturas, entre 2015 y 2019.
“La jurisprudencia y las normas vigentes en el año tributario 2018 indican que una empresa puede rebajar de su base imponible sus gastos en un juicio, pero solo cuando se trata de un juicio inevitable (…) Pero si se demuestra que la empresa actuó con dolo para no pagar sus impuestos, si sus dueños o ejecutivos tuvieron la intención de defraudar, ese no es un juicio inevitable y no corresponde darle la rebaja” consigna Ciper sobre los que cuestionan el beneficio al grupo empresarial.
Es más, en 2020 el mismo servicio había descartado que el gasto de abogado fuese “necesario”, a lo cual Penta apeló obteniendo el descuento de $1.400 millones calculados sobre la base de impuestos de 2018.
Y lo anterior no es todo, además lograron que la dieta de los controladores de Penta procesados que habían sido consideradas como “pagadas en exceso” fueran descontadas del cálculo de impuestos por más $600 millones de pesos.
Ciper señala que si bien el 80% de lo apelado por Penta fue aceptado, al Grupo empresarial no se mostró conforme ya que según ellos debió aceptarse el 100% de lo que solicitaron “Inicialmente se le objetaron gastos por $2.534 millones de pesos presentados en el ejercicio 2017 (año tributario 2018), los cuales a juicio de la empresa fueron registrados correctamente en su contabilidad. Por ello, segura de la improcedencia del criterio aplicado, presentó un recurso de reposición ante el mismo SII, el cual acogió la postura de la empresa, aceptando más del 80% de los gastos presentados. Si bien la empresa considera que debieron ser aceptados el 100% de los gastos, dado que mayoritariamente se acogió su postura, optó por aceptar lo decidido por el SII y no presentar nuevos recursos”.
En su defensa el SII señaló que solo se aceptaron los gastos en abogados para le empresa y no de la defensa de los controladores existiendo jurisprudencia que avala la decisión “tomó en consideración antecedentes entregados por el contribuyente que estaban en línea con definiciones normativas adoptadas con anterioridad, por ejemplo, en lo relacionado con que los honorarios por concepto de defensa judicial son reconocidos como gastos necesarios para producir renta cuando dicen relación con la defensa de la actividad del contribuyente. De esta forma, solo se aceptaron los gastos correspondientes a la defensa judicial del grupo empresarial y no de sus controladores”.
Fuente; Ciper Chile