Formalizan a comisario por causar lesiones oculares graves durante estallido social en Alto Hospicio.

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Se trata de la formalización del mayor de carabineros L.M.R, de la 3ra comisaría de la institución policial de Alto Hospicio, quien el 20 de octubre de 2019 en contexto del estallido de la revuelta popular, disparó su arma antidisturbios al cuerpo de manifestantes causando la perdida de la vista en un 95% del ojo derecho de la víctima L.B.F. de 22 años, por lo cual quedó con arraigo nacional y prohibición de acercarse a ésta.

El caso se trata de la primera querella presentada por el INDH en que se logra formalizar a un funcionario policial el que a pesar de los graves hechos, continúa en funciones.

En la audiencia celebrada hoy, el Tribunal determinó decretar las cautelares de arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima por parte del comisario según los hechos denunciados que señalan que durante una manifestación en el contexto de la revuelta popular de octubre del año pasado, en Alto Hospicio, en específico el día 20 de octubre de 2019, alrededor de las 23:00 horas, y en circunstancia que la víctima se encontraba participando en las manifestaciones que tenían lugar en dicha comuna, cerca de la intersección de Avenida Los Cóndores con Avenida La Pampa cuando ésta llegó a la altura de una plaza ubicada en Avenida Los Cóndores con pasaje Salitrera Rosario, fue impactado en su ojo derecho, cayendo al suelo mareado y vomitando.

Dicho impacto fue ocasionado por una posta de goma de 08 mm de diámetro proveniente de un cartucho marca TEC, calibre 12”, que se utiliza por las escopetas “antidisturbios” de carabineros que según el registro del personal policial activo ese día, solo era portada por el imputado Luis Muñoz Reyes, comisario que se encontraba a cargo de efectivos movilizados en motocicletas.

Dicho comisario ese mismo día se habría parapetado detrás de un poste en la plaza ubicada entre pasaje Salitrera Rosario y pasaje Pan de Azúcar para disparar en contra de los manifestantes ubicados en Avenida Los Cóndores haciendo uso de la escopeta que portaba en reiteradas veces en dirección a las personas que se manifestaban “con el claro objetivo de castigar a quienes participaban en las movilizaciones públicas realizadas durante el estallido social, impactando a la víctima Luis Bello Figueroa.”

La imputación del hecho describe además que el imputado usó la escopeta sin atenerse a los reglamentos que regulan el uso de la fuerza en manifestaciones.

Una vez recibido por la víctima el disparo hecho por el carabinero, la víctima fue socorrida por transeúntes y PDI, los cuales lo trasladaron a la Unidad de Emergencias del Centro Hospitalario Doctor Héctor Reyno de dicha comuna, desde la que transcurridos 3 días hospitalizado, fue llevadoa la Unidad de Trauma Ocular del Hospital Salvador en la región Metropolitana. “A la fecha, se ha logrado determinar por el personal médico especialista que la víctima, con ocasión de los apremios ilegítimos, tuvo como consecuencia “lesiones de carácter grave en uno de sus ojos, correspondiente a una “coriorretinopatía esclopetaria”, teniendo un diagnostico reservado respecto a la posibilidad de recuperar la visión de su ojo derecho.”

Por su parte el abogado del comisario, Ricardo Encina, descartó que el daño ocular causado fuera tan grave argumentando un viaje a Colombia por parte de la víctima lo que lo hace deducir que si tuviera dicho daño ocular le habría sido dificil exponerse a la luz solar.

Mientras tanto los querellantes Hugo Gutiérrez y Matías Ramírez no quedaron conformes con la calificación jurídica del hecho “no compartimos la calificación planteada del Ministerio Público, un delito común de baja pena”, por lo cual van “a insistir para que el Mayor de carabineros sea formalizado por apremios ilegítimos” ya que el delito común de lesiones lo puede cometer cualquiera y posee baja penalidad cosa que no es así en el caso de apremio ilegítimos “que cometen aquellos funcionarios públicos que en el ejercicio de sus funciones exceden sus atribuciones, como fue el caso de este oficial, ya que usó su escopeta en forma indiscriminada contra la muchedumbre, lo que ocasionó que este joven terminara con una lesión en su ojo derecho”.

Mientras tanto la directora del INDH Tarapacá, Lorena de Ferrari quien junto con señalar que esperan que la causa termine con un juicio en contra del carabinero se sumó a la postura de los otros querellantes “diferimos de la calificación jurídica realizada por el Ministerio Público, pues entendemos que se cumplen todos los requisitos y elementos del delito estipulado en el artículo 150 D del Código Penal, esto es, apremios ilegítimos y en esa línea continuaremos trabajando”.

La Juez de Garantía demás de las medidas cautelares fijó un plazo de investigación de 80 días.

Fuente; Cooperativa – Edicioncero – Poder judicial.

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