La decisión acordada por unanimidad por la Corte Suprema ratifica lo decidido por la Corte de Apelaciones de Santiago respecto a la condición que exige el régimen a los extranjeros que se acogen al “Plan Humanitario de Retorno” de no poder regresar a Chile en 9 años declarándola como “ilegal”.
Según consigna Resumen.cl, la decisión del máximo Tribunal de justicia del país se dio el día martes 14 de julio en la Segunda Sala integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la abogada (i) María Cristina Gajardo, quienes de forma unánime ratificaron el fallo emitido por la Corte de Apelaciones de Santiago a inicio de éste mes, respecto a la condición impuesta por el régimen a las personas extrajeras en Chile para acogerse al “Plan Humanitario de Retorno” de no poder regresar al país en 9 años declarándola ilegal.
En concreto sobre dicha exigencia dice la Corte suprema “Se confirma la sentencia apelada de tres de julio de dos mil veinte, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, en el Ingreso Corte N° 1402-2020”.
Fuente; Resumen.cl