Largo debate se dio desde la mañana en la Cámara de Diputados antes de la votación del proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas, discusión que se zanjó a favor de la propuesta legislativa a pesar del rechazo del oficialismo que vio además como las indicaciones de flexibilidad laboral que introdujeron en la comisión de trabajo no prosperaron.
Arduo debate terminó el el despacho al Senado del proyecto 40 horas (boletín 11179), que busca reducir la jornada laboral y que es fuertemente resistido desde el gobierno el cual insiste en su propio proyecto de flexibilidad laboral, acusado de precarizar más las relaciones laborales.
Durante la votación del proyecto se reafirmó por 86 votos a favor, 33 en contra y 31 abstenciones reducir de 45 a 40 horas la jornada laboral.
(Diputados del Maule como Álvares-Salamanca, Rentería, Urrutia y Morales rechazaron o se abstuvieron de aprobar el proyecto)
Entre las indicaciones que fueron agregadas al proyecto se encuentra la que entrega facultades a la Inspección del Trabajo del territorio respectivo, para calificar las jornadas especiales respecto de las cuales no se aplicará la jornada de 40 horas.
También se aprobó una indicación que viene a precisar la norma definida en el artículo 28 del Código del Trabajo que establece que el máximo semanal no podrá distribuirse en más de seis ni en menos de cinco días.
Sin perjuicio de lo anterior, en las empresas en que existan sistemas de trabajo por turnos, excepcionales, bisemanales, especiales para el personal del transporte o cualquier otro sistema especial de duración y distribución de la jornada de trabajo que contemple este Código, la jornada semanal podrá, por acuerdo de las partes, promediarse en períodos bimensuales o trimestrales de distribución de días de trabajo y de descanso.
Lo anterior también se aplicará para el personal contratado para prestar servicios por obras o faenas determinadas.
sobre su entrada en vigencia, se aprobó por 83 votos a favor, 46 en contra y 21 abstenciones, el sistema de gradualidad en los siguientes términos:
- Comenzarán a aplicarse a los doce meses desde la entrada en vigencia de la ley.
- Sin perjuicio de lo anterior, las empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no excedan las 75.000 unidades de fomento (podrán acreditar sus ingresos por los medios que la ley tributaria establece) en el último año calendario a la fecha de vigencia de la ley estarán facultadas para reducir la jornada ordinaria máxima semanal de forma gradual. Es decir, doce meses desde la entrada vigencia de la ley, se comenzará en 44 horas semanales y, posteriormente, se irá disminuyendo una hora por año, hasta 40 horas semanales (al quinto año posterior a la vigencia de la presente ley).
Uno de lo puntos que no logró prosperar fue la hora de colación como parte efectiva de la jornada laboral, tal como indicaba originalmente el proyecto, pero acuerdo de último minuto entre la DC y el PC eliminó el punto.