Abogados señalan que Carabinero que baleó a Uber no está justificado y debieran formalizarlo.

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El debate por el conductor uber baleado por un Carabineros en el Aeropuerto de Santiago sigue generando repercusiones, no sólo de parte del Gobierno y sectores afines a éste que justifican el actuar policial, sino que también de especialistas que señalan tajantemente que fue desproporcionado el actuar del uniformado y que debió ser formalizado.

Al respecto destacados juristas fueron los que dejaron en evidencia que el actuar del Carabinero debió significarle ser formalizado por la justicia por actuar de forma desproporcionada al disparar su arma directamente al cuerpo del conductor.

Fue para ADN que el abogado Daniel Stingo señaló; “Cuando a uno le enseñan sobre derecho penal, a uno le enseñan la proporcionalidad y le dicen que cuando uno por ejemplo ataca a otro, alguien se me tira encima, sacó una pistola y le pegó un tiro, por mucho que el otro sea el primero, me van a procesar a mí porque no hay proporción por el uso de la fuerza”
“Hay dos bienes jurídicos muy distintos, que el tipo huyera versus la vida del chofer. Son dos bienes distintos entre lo que es cumplir la ley a meterle un balazo y matarlo. No están igualitarios. Estaban desproporcionados”.

Y agregó respecto al conductor del Uber “este señor no es un delincuente. Que Uber sea ilegal es culpa del Congreso, que buscan regularizar el servicio hace tiempo. Es una acción ilegal con una aplicación que hasta en la TV tiene publicidad. Es una contradicción que no amerita que un carabinero intente dispararle”.

En en mismo sentido pero a través de cuenta de Twitter el abogado Mauricio Daza señaló; “Sin duda que carabineros pueden usar su arma de servicio cuando es indispensable y proporcional para repeler ataque en contra de ellos o terceros. Pero sacar arma y disparar a quemarropa a conductor desarmado en el contexto de un control en el aeropuerto resulta inaceptable.

Aquí la palabra clave es proporcionalidad. Conductor trató de sacar el auto de la zona de detención ante lo cual carabinero se interpuso vez tras vez. No aceleró el auto. Lo movía para salir. Hasta ahí acción ilegítima del conductor y cumplimento del deber del carabinero.

Dada la falta de velocidad y las características del moviendo del auto, no se puede concluir que el conductor estaba tratando de lesionar al carabinero. Movía el auto en una dirección para salir y el carabinero se interponía.

En este punto cabe preguntarse. Había otro medio para evitar que conductor eludiera el control, distinto a dispararle a quemarropa? Todo indica que si: disparar al aire como advertencia; disparar al automóvil, especialmente neumáticos, para dificultar que pueda seguir su marcha

Llamar refuerzos policiales para reducir al conductor. El medio usado es manifiestamente desproporcional a la infracción que se cometía según lo que se observa en el caso concreto. De hecho la fiscalía va a imputar al conductor por mal trato de obra al carabinero y no por homicidio ni por lesiones frustradas… En todo caso este es un debate valioso sobre la forma en que los agentes del estado pueden usar la fuerza para repeler ataques ilegítimos en contra de ellos o terceros.

Disparo al aire en espacio abierto es menos riesgoso que disparo a quemarropa a conductor (bala cae como elemento inerte). Disparar al vehículo también es menos riesgo. Y quizás lo mejor era dejarlo ir y llamar para que lo interceptasen y redujeran en forma segura

Y finalizó señalando “En todo caso, como se puede apreciar en la imagen adjunta, en este caso no se cumplieron los protocolos que Carabineros tiene para el uso de armas de fuego…

Acto seguido compartió un cuadro en donde se señala según protocolo cuando se autoriza el uso de arma de fuego.

Una tercera apreciación fue la del penalista Miguel Soto quien también para ADN señaló: “La única forma en que la actuación del carabinero de disparar sobre el chofer resultara ajustada a derecho es dentro de los límites de la legítima defensa, y eso supone la existencia de una agresión ilegítima y la necesidad de que la respuesta sea razonable”.

“Desde ya parece discutible que la acción del chofer efectivamente pusiera en riesgo la vida o la integridad corporal del funcionario, que perfectamente podría haberse apartado, y desde esa perspectiva no parece razonable la respuesta que el funcionario asume”.

En ese sentido el Catrabinero “no puede, al que se niega a descender del auto o someterse a un control, dispararle. Lo único que legitimaría el disparo es que temiera por su vida, y no parece ser ese el caso”.

Así dentro de lo que entiende la ley de Carabineros sobre uso del arma en caso de legítima defensa señaló que “el nivel de riesgo que deben soportar los carabineros antes de usar sus armas es más elevado que el nivel de riesgo que deben soportar los particulares”.

Fuente; El Desconcierto y ADN

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