A través de una acción internacional, Juan Carlos Gajardo busca salvar la que ha sido por décadas el hogar de su familia y ancestros mapuche, de los actos de Juan Bilbao Hormaeche, quien es amigo y fuera socio de Piñera en Citicorp, y que hoy como Presidente debería realizar un “Requerimiento de Opinión Consultiva” en este caso, pero para protección de los derechos de Juan Gajardo.
Juan Carlos Gajardo es agricultor mapuche de la zona maulina de San Rafael que ve hoy la posibilidad de perder el que ha sido por décadas su hogar producto de un proceso de partición por medio del cual el ex especulador de valores, Jaun Bilbao Hormaeche, busca convertirse en el nuevo dueño.
Fue ante la negativa por parte del juez partidor de reconocer los derechos del agricultor que el abogado talquino, Fernando Leal, decidió interponer una acción internacional en Chile de nulidad de orden público internacional, en base a la Convención Interamericana contra la Corrupción, con el objeto de que se respecten los derechos que a Juan Gajardo le reconocen los pactos internacionales suscritos por Chile.
Al respecto el destacado abogado que patrocina dicha acción en representación de Juan Gajardo explicó la razones de la acción y como es que esta salpicaría y afectaría al mismo Presidente Sebastian Piñera.
Fernando Leal parte señalando que “La acción internacional interpuesta, contiene una aseveración pionera y jurídicamente inédita en la esfera de los tribunales chilenos, cual es que el tema del conflicto mapuche debió haberse resuelto por medio de tratados celebrados entre El Estado de Chile y Las Naciones Aborígenes que habitan el territorio nacional.” (Particularmente en lo referido a la temática de las tierras y bienes inmuebles aborígenes de “afección ancestral”)
Además detalla que con esta acción “se persigue que se anule todo lo obrado y se declare la incompetencia absoluta del juez partidor, tal cual reza el escrito, pues “[…] conforme al C.I.I.(Corpus Iuris Interamericano), el proceso de autos ( …en razón de la “falta de legislación adecuada” respecto de tierras y bienes inmuebles de miembros de naciones aborígenes sujetas a la nomenclatura de “afección ancestral”) debió ventilarse ante una sede especialista en temas aborígenes establecida en razón de un TRATADO celebrado entre El Estado de Chile y las Naciones Aborígenes que habitan este territorio[…]””
Pero eso no sería todo ya que otro efecto de la acción seria que la misma acción “impetra que los tribunales chilenos antes de resolver la presentación (en caso de dudar o discrepar de las argumentaciones del recurrente internacional), requieran que El Presidente de la República, solicite al Sistema Interamericano la Opinión Consultiva de rigor, para lo cual invoca profusa jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.” y éste sería el punto por el cual el Presidente Piñera se vería salpicado ya que Fernando Leal nos comenta que Juan Bilbao Homaeche además de ser un cercano al lider de Chile Vamos, “desempeñó actividades de la gerencia general del fondo mutuo Citicorp, en la misma época que lo integraba el actual Presidente de Chile, Don Sebastián Piñera Echeñique”
Y eso no sería todo pues Leal da cuenta en su petición que dicha entidad “fue sancionada por la SVS (en 400 UF de la época -año 1985- por faltas graves a las leyes del mercado: -Por no llevar libros de operaciones actualizados, mantener vigentes operaciones de compromiso de compraventa con instrumentos no permitidos, efectuar una operación con precio fuera del prevaleciente en el mercado, no informar de todas sus operaciones; y; anticipar operaciones de compromiso de compraventa sin previa información a los clientes.-” Y que “posteriormente Juan Bilbao Hormaeche fue demandado por el regulador de valores norteamericano -Securities & Exchange Commission, SEC por sus siglas en inglés-, acusándolo de uso de información privilegiada tras ganar US$ 10 millones con la compra de ADRs de CFR ,empresa de la que era director- cuando aún no era pública la oferta de Abbott-, en virtud de lo cual, el 22 de octubre de 2015, logró un acuerdo con la SEC, debiendo pagar unos 13 millones de dólares.).
Otras acciones y el paralelo de la acción respecto a la contienda entre Chile y Bolivia en La Haya.
Fernando Leal además nos señala que la acción deducida también contempla otras acciones, señalando el escrito que “[…] se interpondrá un Recurso de Protección y en subsidio un R.S.G.C. (Requerimiento para La Salvaguarda de Garantías de la Convención Americana de Derechos Humanos – de acuerdo a los artículos 8 y 25 de la C.A.D.H, por la causal de ¨falta de recurso idóneo, efectivo, rápido y eficaz para recurrir¨, de acuerdo a los estándares establecidos en el fallo Corte I.D.H., caso Radilla Pacheco Vs México, mas todas sus sentencias formativas, anexas y complementarias), en que figurarán como recurridos y requeridos, tanto El Presidente de La República (Don Sebastián Piñera, quien ha sido amigo personal de Juan Bilbao Hormaeche) como también El Honorable Congreso Nacional; todo lo anterior; por la causal de ¨falta de Legislación adecuada e incumplimiento por parte del Estado de Chile de sus compromisos internacionales¨ ( esto por vulnerar el C.I.I. ) […]””
Y lo más sorprendente es que la defensa de Chile contra Bolivia en el proceso que llevan ambos países ante La Haya sirve para explicar la obligatoriedad de respetar lo solicitado por Leal ya que “el Estado altiplánico invoca una norma de derecho interno (de irrenunciabilidad a la soberanía del mar) para hacerla prevalecer respecto del Tratado firmado con Chile, respecto de lo cual nuestro país se ha defendido invocando el respeto irrestricto a los Tratados Internacionales, frente a normas internas de los países (en este caso de Bolivia).” y en esa línea Fernando Leal señala que la acción interpuesta por él “deja entrever, que la pretensión de Juan Bilbao Homaeche, y la posible sentencia que le de la razón, haría prevalecer normas internas de un Estado por sobre un Tratado Internacional, que es la misma doctrina sostenida por Bolivia respecto del Tratado firmado con Chile. Es decir, que la doctrina de Juan Bilbao le da la razón a Bolivia; mientras que la aseverada por Juan Carlos Gajardo Poblete le da la razón a Chile”, (en el sentido de que es la tesis que Chile utiliza en La Haya para defenderse de la pretenciones de Bolivia)