Una muy mala noticia para los trabajadores se dio luego de que la Corte Suprema en un fallo dividido, al no acoger un recurso de queja presentado por una filial de Ripley, emitiera también una decisión sobre la competencia del juez laboral para conocer de las controversias respecto a la calificación de los servicios mínimos.
Fue producto de un recurso de queja presentado por CAR. S.A., filial de Ripley, que la sala del máximo tribunal luego de rechazar la reclamación y en base a fundamentos de forma, decidió ratificar la incompetencia judicial que tanto la Corte de Apelaciones de Santiago como por el tribunal de primera instancia habían señalado.
El voto de minoría fue de los Ministros Hugo Dolmestch y Ricardo Blanco quienes estuvieron por la competencia del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago para conocer de la reclamación en contra de la resolución de la Dirección del Trabajo sobre la calificación de servicios mínimos y equipo de emergencia. Argumentaron en base a los artículos 360, 420 letra b) y 504 del Código Laboral su decisión. Los Ministros que rechazaron dicha decisión fueron Gloria Chevesich, Andrea Muñoz y Carlos Cerda.
Las reacciones al fallo fueron claras en señalar que esto sería un duro golpe a los trabajadores, y se deriva de una mala reforma laboral que tenía por objeto aumentar la desprotección, precariedad laboral y quitar aún más poder a las organizaciones sindicales ya que, si bien evita la judicialización, deja las controversias sobre servicios mínimos en manos exclusivas de autoridades administrativas las cuales corresponderán a un gobierno mucho más contrario al reconocimiento a la huelga como derecho fundamental que el saliente gobierno.
El profesor de derecho laboral de la U. de Chile y ex director jurídico de la DT, Luis Lizama, señaló a El Pulso que “este es un fallo demoledor, desde el punto de vista de quienes han sostenido que el juez laboral podría conocer de una reclamación de lo resuelto por la Dirección del Trabajo, por razones de forma y de fondo no es posible hacerlo”.