En medio de la visita papal se de el envío del proyecto del gobierno de Michelle Bachelet (Boletín Nº 11569-07) que sería una nueva ventana para beneficio de quienes cometan y han cometido crimenes de lesa humanidad. El proyecto plantea una serie de requisitos para acceder a permisos de salida, libertad vigilada y rebaja de condena. A su vez descarta el indulto particular reemplazandolo por un procedimiento administrativo que podrían realizar los tribunales de justicia, los cuales han estado en tela de juicio por sus continuos actos que han permitido la impunidad en especial de los criminales de la dictadura cívico-militar.
El proyecto fue ingresado al Senado éste 16 de enero y se basa en la convicción del ejecutivo de que no existe prohibición legal que impida entregar este tipo de beneficios a los criminales de lesa humanidad, ya que las convenciones internacionales de Derechos Humanos solo rechazan la amnistía y la prescripción en el caso de los crímenes más graves que se pueden cometer por el hombre, los que atentan contra los derechos humanos. Así a pesar de reconocer que en los hechos este proyecto de ley significa un cierto grado de impunidad a los autores de éstos crímenes, se vería atenuada si es que existe colaboración de parte de los condenados y además “arrepentimiento” por lo hecho.
En primer lugar el proyecto de ley plantea sustituir el actual indulto en caso de delitos de lesa humanidad por un procedimiento administrativo ante los tribunales de justicia “como una forma de asegurar la objetividad de la decisión, ésta quedará entregada a la justicia penal. Lo anterior se justifica en que es esta sede la competente para conocer sobre la ejecución de las sentencias condenatorias. Así, será el tribunal de garantía el que, mediante resolución fundada y previa acreditación del estado de salud terminal, podrá disponer el reemplazo de la pena privativa de libertad por la de arresto domiciliario total, lo que tiene un claro fundamento humanitario.” señala el documento.
La iniciativa, que ha provocado rechazo y desconfianza no solo por que en los hechos es un nuevo retroceso en materia de protección de los dd.hh. si no que se hace en medio de la visita papal intentando hacerlo pasar desapercibido ante la opinión pública, permite la posibilidad de arresto domiciliario total no solo a quienes hayan sido condenados a cadena perpetua, sino que a todos los condenados por delitos de lesa humanidad.
De éste modo para que los criminales de lesa humanidad accedan a la libertad vigilada se plantea (modificándose el D.L. 321 que establece la libertad condicional para los penados).” en el proyecto, permitiendo acceder al beneficio a los criminales de delitos de lesa humanidad, genocidio y guerra, incorporar una exigencia temporal y las condiciones de aportar antecedentes serios y efectivos en causas criminales por delitos de la misma naturaleza de los que tengan conocimiento, y, como consuelo para la victimas y familiares, deben suscribir una manifestación pública de su arrepentimiento por los hechos cometidos que les atribuye la sentencia condenatoria, por el contexto de los mismos y por el mal causado a las víctimas y sus familiares..
Respecto a los “enajenados mentales” (697 CP), se propone solicitar al Servicio Médico Legal periódicamente informes a quienes estén condenados y estén enfrentando un procedimiento penal por delitos de lesa humanidad, para dar el beneficio de sustitución de la pena original por arresto domiciliario total..
Respecto a la posibilidad de arresto domiciliario se quiere suprimir la norma especial del Código Penal (numeral 3 del articulo 32 bis del CP), aplicable sólo a quienes han sido condenados a presidio perpetuo calificado, y establecer una regla general que regule todas las situaciones de personas condenadas que padezcan una enfermedad terminal agregando el “Artículo 468 bis. Condenado enfermo terminal. Si durante la ejecución de una sentencia que imponga una pena privativa de libertad, se diagnosticara al condenado una enfermedad terminal, el tribunal mediante resolución fundada, oyendo al fiscal y al defensor, previa certificación inequívoca del Servicio Médico Legal e informe psicosocial favorable de Gendarmería de Chile, podrá disponer la sustitución de la pena original, reemplazándola por la de reclusión domiciliaria total por el tiempo de ejecución que reste de la condena…”
En la discusión el Senador del Maule, el UDI Hernán Larraín, en la línea de quienes buscan mantener en impunidad a los responsables de crímenes cometidos en la dictadura cívico-militar, de la cual su partido fue parte y defensor de la obra así como de la forma en que ésta se impuso, abogó por menos exigencias para que los criminales de la dictadura pudieran acceder a los beneficios, calificando la propuesta como “una buena norma”, pero asegurando no estar de acuerdo con las exigencias para poder acceder al beneficio. “No estoy de acuerdo conciertas exigencias que, en el caso del delito de lesa humanidad, se le pone, adicionalmente, para uso de este beneficio, porque la razón por la cual se está avanzando en esto es por razones de dignidad y no por la naturaleza de los delitos. Exigirle a esas personas ciertos requisitos adicionales, me parece que contradice el principio inspirador que es de carácter humano”, y señaló que espera “que el próximo gobierno le dé la máxima celeridad”.