El 5 de Julio del presente año la Corte Suprema declaró no admisibles los recursos de queja (Causa Rol N° 28072-17) que se presentaron con el fin de revertir el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca que absolvió a los ex y actuales concejales de la ciudad de Curicó en el denominado caso, “Concejales Viajero”.
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Los ex y actuales concejales habían sido condenados en primera instancia por fraude al Fisco por, supuestas, irregularidades en la rendición de gastos en viajes dentro y fuera del país. Sin embargo la Corte de Apelaciones de Talca los absolvió por no poder comprobarse dolo directo, es decir intención de querer engañar ya que artículo 88 inciso final de la ley 18.695 señala que “cuando un concejal se encuentre en el desempeño de cometidos, en representación de la Municipalidad, tendrá derecho a percibir fondos con el objeto de cubrir sus gastos de alimentación y alojamiento”. Tales fondos no estarán sujetos a rendición y serán equivalentes al monto del viático que corresponda al alcalde respectivo por iguales conceptos.”
Es por ello, que no habiéndose precisado que rubros comprende el viático recibido, no es posible determinar tampoco la suma- supuestamente defraudada”
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El máximo Tribunal confirma así lo resuelto por la Corte de Apelaciones talquina con el voto en Contra del Ministro Cirternas, lo cual tendría repercusiones en la arista dos del caso, que afecta al actual Alcalde de Curicó, Javier Muñoz, el cual se encuentra procesado por hechos similares y por no denunciar a los concejales absueltos. Ante ésto Víctor Bahamondez, abogado querellante, señaló al medio Curicó sin censura que tratará de agregar otros, supuestos delitos para cambiar el escenario en la arista 2. “Para mí se debe cambiar la estrategia y reformalizar por el delito de malversación de caudales públicos y uso malicioso de instrumento público”.
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