CURICÓ | Fuenzalida Calvo recibe 15 años de cárcel por asesinar a José Miguel Uribe.

0
884

Durante el martes 26 del presente mes, el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó dio lectura a la sentencia que condenó a 15 años de cárcel al empresario Francisco José Fuenzalida Calvo por el asesinato del joven José Miguel Uribe en contexto de revuelta popular durante octubre de 2019, y otros tres homicidios frustrados.

El fallo que condenó al Fuenzalida calvo fue unánime y además de los 15 años por los crímenes cometidos se agregaron las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, 540 días por el porte ilegal de armas de fuego y municiones, multa de 5 UTM por el delito de tenencia ilegal de arma de fuego; y 41 días de reclusión por daños simples.

Respecto a los hechos el Tribunal dio por establecido lo “que alrededor de las 22 horas del 21 de octubre de 2019, “Francisco José Fuenzalida Calvo se desplazó por diversas arterias de la ciudad de Curicó en su vehículo camioneta, marca Toyota, modelo Hi Lux, color rojo, placa patente HVLD26, portando y manteniendo en su poder un arma de fuego del tipo pistola marca CZ, modelo 85, serie N°A2773, calibre 9 milímetros, junto con cargadores y municiones calibre 9 milímetros. En ese contexto, el condenado, al llegar a las inmediaciones de la Avenida Manso de Velasco con calles Merced y Estado de Curicó, realizó diversos disparos directamente en contra de grupos de personas que se encontraban en el lugar, a raíz de lo cual resultaron lesionadas las siguientes víctimas: Ricardo Andrés Solís Opazo, quien resultó con una herida por arma de fuego en el antebrazo izquierdo, con entrada y salida de proyectil, que le provocó fractura conminuta de radio izquierdo y lesión del nervio mediano del lado izquierdo, con secuela funcional; Nicolás Francisco Espinoza Rojas, quien resultó con una herida por arma de fuego en el muslo izquierdo, con entrada y salida de proyectil, que le provocó fractura conminuta de la diáfisis del fémur izquierdo, con secuela funcional; y Miguel Andrés Ayala Salinas, quien resultó con herida por arma de fuego en la espalda, en zona infra escapular izquierda, con entrada y sin salida de proyectil”.

Luego a eso de las 22:00 horas “el condenado se desplazó en la camioneta señalada por la Alameda Manso de Velasco de Curicó en dirección al sur, ingresando a la carretera 5 Sur hacia el norte, donde el imputado, portando y manteniendo en su poder el arma de fuego del tipo pistola marca CZ, ya descrita, y municiones calibre 9 milímetros, efectuó varios disparos a las personas y vehículos que se encontraban en el lugar con motivo de manifestaciones ahí existentes, impactando uno de los disparos realizados a la víctima José Miguel Uribe Antipani, provocándole una herida penetrante en la cavidad torácica por proyectil de arma de fuego, con salida de proyectil, que le produjo heridas lacerantes y transfixiantes en diversos órganos, incluido el corazón, lo que le ocasionó una anemia aguda que desencadenó su muerte momentos más tarde”.

Agrega el fallo que “Además, los disparos efectuados por Fuenzalida Calvo provocaron daños en el vehículo tipo furgón, marca Fiat, modelo Doblo, color Blanco, placa patente KKTG33, conducido por Cristián Humberto Miranda Miranda, perteneciente a la empresa Lizcal S.A., el que se encontraba detenido en la calzada, siendo alcanzado en el costado derecho por dos de esos disparos realizados por el sentenciado. Tales daños se avaluaron en una suma superior a una unidad tributaria mensual”.

“Luego –prosigue–, el condenado se retiró a su domicilio particular ubicado en camino a Los Cristales, kilómetro 0.8, sector de Zapallar de la comuna de Curicó, lugar hasta donde llegó la Policía de Investigaciones durante la madrugada ya del día siguiente, 22 de octubre, oportunidad en que Fuenzalida Calvo les entregó la pistola marca CZ, ya descrita, junto a dos cargadores y cinco municiones calibre 9 milímetros; y un arma de fuego del tipo fusil, calibre 7×57 milímetros, marca Máuser, modelo 1912, serie 69148, la que mantenía en su poder desde el año 2008. Dichas armas se encontraban aptas para el disparo. Fuenzalida Calvo mantenía en su poder ambas armas de fuego, junto a las municiones indicadas, sin tenerlas inscritas a su nombre y sin los permisos respetivos para el porte y tenencia de esas armas de fuego y municiones”.

Fue el 26 de octubre de 2019 que “oficiales de la Policía de Investigaciones incautaron desde el domicilio de Fuenzalida Calvo, ya señalado, 240 cartuchos calibre 7 milímetros y 10 cartuchos 7 x 57 milímetros, respecto de los cuales no mantenía las autorizaciones respectivas”.

Junto con ello se acogió la demanda civil por 3.327,53 UF, $100.000.129 (cien millones ciento veintinueve pesos), por concepto de daño moral, a hijo de la víctima y a la madre del menor.

Fuente: Pjud.cl

Comentarios

DEJA UNA RESPUESTA

Please enter your comment!
Please enter your name here