Despachada al ejecutivo quedó la reforma constitucional que entrega a un órgano externo especializado la reducción de las rentas de los parlamentarios, de los ministros y de las autoridades de exclusiva confianza del Presidente de la República, que luego de un acuerdo entre diputados y senadores eliminó una reducción inmediata en un 50% de dichas remuneraciones como era la idea original del proyecto.
Cabe recordar que inicialmente la cámara de diputados había aprobado dicho proyecto ordenando se rebaja inmediatamente en un 50% la dieta parlamentaria y altas remuneraciones, pero fue una indicación en el senado la que eliminó dicho idea original dejando la desición a un órgano externo creado para tal objeto.
El tema no ha estado exento de polémica ya que el argumento que primó para que senadores y diputados en la comisión mixta que se creó para zanjar la diferencia, era que así era más transparente todo ya que no les correspondía a ellos fijarse los montos que ganan, cosa contradictoria ya que por décadas el propio congreso indirectamente se ha aumentado la dieta parlamentaria.
Finalmente se estableció que “la fijación de las remuneraciones de las máximas autoridades políticas las realice transitoriamente el Consejo de Alta Dirección Pública y de manera permanente a una Comisión técnica, constituida por 5 miembros del más alto nivel, designados por el Presidente de la República con acuerdo de 2/3 del Senado.”
Sobre los plazos en que debiera saberse cuanto bajarían estas altas remuneraciones se señala que “dentro de los 30 días de publicada la ley, el Consejo de Alta Dirección Pública deberá reducir las remuneraciones de los ministros de Estado y de los parlamentarios; mientras que en un plazo de 90 días deberá hacer los ajustes remuneracionales del resto de las autoridades de exclusiva confianza del Presidente, entre ellos subsecretarios, jefes superiores de servicio, gobernadores regionales, delegados presidenciales, delegados presidenciales provinciales y funcionarios de exclusiva confianza de carácter político. También deberá precisar las remuneraciones del intendente y gobernadores.”
Fuente; Senado.cl