Diputados de gobierno se abstienen y votan en contra de reducir jornada laboral a 40 horas.

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Durante la sesión de la sala de la Cámara de Diputados que se dio hoy para discutir sobre aprobar o no la idea de legislar el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral a 40 horas sin reducción de sueldos que se hizo de forma urgente, producto de la gran presión social que se vive en las calles de todo el país a pesar de los estados de emergencia que el gobierno decretó para desplegar a militares y reprimir las manifestaciones, finalmente se aprobó la idea de legislar el proyecto, a pesar de la negativa y abstención de la mayoría de los diputados oficialistas.

Luego de dos sesiones de debate, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó, por 88 votos a favor, 24 en contra y 27 abstenciones, legislar en torno al proyecto que reduce la jornada laboral a 40 horas (boletín 11179) con lo cual volvió a la comisión de trabajo producto de las múltiples indicaciones hechas por los parlamentarios.

Durante el debate los diputados de la bancada de la UDI, RN y Evopoli plantearon su razones, en su mayoría, para rechazar dicho proyecto señalando en resumen que el país no se encontraba en situación para dicha ley producto de que no posee los niveles de productividad de otros países más ricos, además de recalcar en que ellos preferían el proyecto de flexibilidad laboral del ejecutivo porque protege mejor a la pymes, proyecto denunciado por precarizar aún más las relaciones laborales, además de volver a señalar que la norma sería inscontitucional y que recurrirían ante el Tribunal constitucional para frenarla.

Revisa también; Proyecto de flexibilidad laboral del gobierno no reduce la jornada laboral.

Sobre el proyecto éste plantea que:

1. Elimina la palabra “efectivamente” de la norma que define que se entiende por “jornada de trabajo”. Uno de los objetivos de esta medida es que el tiempo de colación se considere parte integral de esta.

2. Reduce la duración de la jornada ordinaria de trabajo de un máximo de cuarenta y cinco horas semanales a 40. La propuesta no afecta a los trabajadores con contratos especiales.

Asimismo, se indica en su articulado transitorio que las modificaciones introducidas por la presente ley entrarán en vigencia al inicio del año calendario inmediatamente siguiente al que se publique en el Diario Oficial y, bajo ninguna circunstancia, podrán representar una disminución de las remuneraciones actuales de las trabajadoras y los trabajadores beneficiados.

Sobre las múltiples indicaciones hechas al proyecto;

De ellas seis son promovidas por la DC y el resto por RN, que ahora deberán ser discutidas en la Comisión de Trabajo a la luz de un segundo informe.

De ellas cuatro plantean que la normativa sea aplicada de forma gradual, (la DC por ejemplo plantea que comience a ser aplicada doce meses después de entrar en vigencia)

Con la condición de que las empresas cuyos ingresos anuales por ventas y servicios y otras actividades del giro no exceden las 75 mil UF, en el último año calendario a la fecha de vigencia de la ley, estarán facultadas para reducir la jornada ordinaria máxima semanal de forma gradual al inicio de los doce meses desde la vigencia de la norma, comenzando en 44 horas semanales y, posteriormente, disminuyendo una hora por año, hasta 40 horas semanales al inicio del quinto año.

Por su parte RN presentó tres propuestas sobre el punto. Una define que las modificaciones que plantea la ley entrarán en vigencia en dos tramos: para el primer año de vigencia, la jornada laboral será de 43 horas; mientras que a contar del segundo año de vigencia y para los siguientes, será de 40 horas.

Otra indicación de este partido establece que la norma se aplicará en una gradualidad de seis años en el caso de las mipymes (el reglamento determinaría la forma de la gradualidad).

El tercer texto propone cuatro tramos: para empresas de más de 200 trabajadores, el plazo será de dos años; para empresas de entre 50 a 199 trabajadores, será de tres años y seis meses; y para empresas de entre 10 a 49 trabajadores, serpa de cinco años; para empresas de menos de nueve trabajadores, será de seis años.

Fuente; Cámara de Diputados

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