Durante el 1° de Mayo (conmemoración de las luchas de trabajadoras y trabajadores) el Presidente Sebastían Piñera firmó el proyecto denominado “modernización laboral” que tiene como objetivo flexibilizar aún más las condicione laborales al eliminar en la práctica las normas que limitan la jornada laboral.
El enuncio que se hizo por el Presidente Piñera en conjunto con los ministros del trabajo y hacienda, tiene por objeto llevar la flexibilización de la jornada laboral al nivel de hacer desaparecer en la práctica las normas que limitan la jornada laboral, lo que es un profundización de la jornada de 4 días con 12 horas laborales aprobado por el Gobierno de Michelle Bachelet que comenzó a regir en 2017.
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El nuevo proyecto del gobierno busca, en base a tres ejes centrales, crear “nuevas normas para los empleos del siglo XXI”. Destacando la posibilidad de que el empleador defina una jornada laboral de 180 horas, las que podrán ser distribuidas durante el mes de forma flexible. La cuales no pueden repartirse en menos de 4 días semanales de 12 horas laborales (como plantea el actual artículo 375 del Código del Trabajo) ni más de seis días.
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Entre las principales medidas del gobierno que, en palabras de Piñera busca “mejorar la calidad de vida y dar más oportunidades a los trabajadores chilenos, dándoles más espacios de libertad en la forma en que ellos administran su jornada laboral”, desconociendo que es el empleador el que impone las jornadas de trabajo al hacer la oferta de empleo, son;
- Jornada mensual de 180 horas a nivel individual que podrán ser distribuidas en forma diferente cada semana.
- Jornada semanal distribuida en no menos de 4 días ni más de 6.
De este modo, los trabajadores podrían prestar servicios de lunes a jueves, doce horas diarias. - Jornadas semestrales y anuales pactadas a nivel colectivo: Se propone establecer pactos de jornadas semestrales o anuales, los que deberán acordarse con los sindicatos, o en caso de no existir estos al interior de la empresa, por la mayoría absoluta de los trabajadores a quienes les será aplicable. Dichos pactos tendrían por finalidad adecuarse a las necesidades particulares de trabajadores y empleadores, como, por ejemplo, el caso de los adultos mayores que deseen trabajar más durante los meses de verano y menos en los meses de invierno; o los trabajadores que se desempeñan en labores estacionales; o el caso de los padres que prefieran distribuir su jornada anual/semestral, de manera de tener mayor tiempo disponible durante las vacaciones escolares de sus hijos.
- Bolsa de horas extraordinarias.
Se propone establecer bolsas de horas extraordinarias, semanales o mensuales, según sea la jornada elegida por cada persona, en que el límite estará dado por la semana o el mes y no por el día como es actualmente. - Compensación de horas extraordinarias con días adicionales de vacaciones.
Los trabajadores tendrían la posibilidad de optar que se le compensen horas extraordinarias por más vacaciones, es decir, trabajar horas extra sin recibir remuneración a cambio. - Convenir alternativas de horario de inicio y término de jornada
- Anticipar o postergar la recuperación de horas de permiso autorizado
- Disminuir el tiempo de colación para adelantar el horario de salida.
En la medida en que el tiempo de colación sea mayor al mínimo legal de 30 minutos, cada persona podrá pedir al empleador su rebaja en el remanente del tiempo mínimo -hasta en una hora al día- para así adelantar la salida del trabajo. - Adaptar la jornada de trabajo en períodos de vacaciones familiares.
El proyecto propone que las partes puedan pactar, en los períodos de vacaciones familiares, distintas del feriado legal, la posibilidad de prestar servicios con una modalidad de trabajo a distancia o que se reduzca su jornada laboral diaria, es decir seguir trabajando mientras se está con la familia. - Cambiar 2 domingos de descanso al mes por 12 al semestre: En nuestro país los días domingos y festivos son de descanso. Sin embargo, el artículo 38 del Código del Trabajo establece ciertas excepciones, como, por ejemplo, el comercio y aquellas empresas que requieren de continuidad en sus procesos. En ambos casos se debe otorgar a los trabajadores, a lo menos, dos domingos de descanso al mes. Se propone establecer 12 domingos de descanso de distribución semestral.
- Contrato de formalización. Con este contrato se busca incentivar la formalización del trabajo en eventos extraordinarios, ocasionales o no permanentes, pero que según ciertas características, constituyen relación laboral.
El documento señala que el empleador deberá convocar al trabajador a prestar servicios con un tiempo de anticipación de mínimo 24 horas, tiempo en el que la persona podrá aceptar o rechazar dicha convocatoria.
Compensando la mayor flexibilidad de este tipo de contrato, la remuneración se establecerá en base a día trabajado y el monto no podrá ser menor al ingresó mínimo mensual que determina la ley. - Incorporar la posibilidad de pactar un sistema excepcional de distribución de jornada: Hoy, si a una empresa no le resultan aplicables las normas sobre jornada laboral que regula el Código del Trabajo (por ejemplo, más días continuos para cumplir su ciclo productivo), la empresa debe solicitar a la Dirección del Trabajo la autorización de un sistema excepcional de trabajo y descansos. Desafortunadamente, este proceso tarda en general varios meses en otorgar el permiso, por lo que se propone que sean las partes –cumpliendo con ciertos quórums y requisitos mínimos- quienes directamente puedan acordar este tipo de jornadas.
- Regulación de las economías de plataforma.
El proyecto incentiva que se formalicen los servicios prestados por personas a través de plataformas digitales de intermediación, con el fin de asegurar el acceso a protección social. - Fortalecer acciones relacionadas con la erradicación del trabajo infantil y adolescente protegido.
Se aumentan las multas asociadas al trabajo infantil. - Aunque se mantiene el máximo semanal de 30 horas en la jornada laboral de adolescentes, se reduce la jornada diaria en período escolar de 8 a 6 horas diarias.
- Políticas de género y medidas en pos de la inclusión femenina.
El proyecto busca obligar a empresas a incluir en el Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad, sus políticas de buenas prácticas laborales. Entre estas se podrán abordar materias como sus políticas de género y de inclusión laboral. - Se incluyen normas más rigurosas para reforzar la prevención, fiscalización y sanción del acoso laboral y sexual.
- Normas para perfeccionar la ley de inclusión.
La iniciativa incluye el reconocimiento de estudios a personas con discapacidad y un esquema más estricto de mayores por el incumplimiento de la ley.
Fuente; CNN – Prensa Presidencia – La Tercera