“La impunidad llegó”; Corte Suprema otorga libertad condicional a criminales de la dictadura.

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tomada de serpajchile

En total han sido siete los autores de delitos contra la humanidad durante la dictadura cívico – militar a los que la segunda sala de la Corte Suprema ha otorgado la Libertad Condicional lo cual le ha valido la fuerte crítica de parte de agrupaciones de Derechos Humanos y familiares de Detenidos Desaparecido, torturados y asesinados durante dicho periodo, catalogando el cambio de criterio del máximo tribunal como “terrorífico” y una señal clara de que la “impunidad” ha llegado nuevamente.

Respecto a los carabineros y militares autores de crímenes de lesa humanidad beneficiados son; Gamaliel Soto Segura, Moisés Retamal Bustos, José del Carmen Quintanilla Fernández, Hernán Ernesto Portillo Aranda, Manuel Antonio Pérez Santillán, Felipe Luis Guillermo González Astorga y Emilio Robert de la Mahotiere González.

Dentro de quienes expresaron un duro rechazo a lo sucedido en la Corte Suprema destaca Lorena Pizarro, presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, quien expreso a La Tercera; “esto es lo que pasa en un Chile donde el dictador muere en su casa tranquilamente, donde lo que más importan es dar cumplimiento a los acuerdos establecidos con la familia militar”.

Esto es terrorífico, esto no es más que una acción concertada de ministros de la Segunda Sala que están desconociendo los tratados internacionales, desconocer lo establecido en el derecho internacional humanitario referido a criminales de lesa humanidad. Lo que estamos enfrentando es una decisión política del Poder Judicial de dar una señal de cuál es su posición frente a los crímenes de la dictadura”.

Y finalizando su oposición a lo sucedido comentando que “el gobierno ha anunciado el envío de la mal llamada ley Humanitaria, pero vemos que con esto no va a ser necesario que lo envíen si ya van a estar libres todos los violadores de derechos humanos. Esto no tiene nombre, es una situación extremadamente grave que enfrentamos no sólo quienes hemos luchado por verdad y justicia“.

Por su parte, y al mismo medio, Cecilia Heyder señaló que “esto viene a ratificar que la impunidad llegó. Ellos van a estar libres, van a estar en nuestros barrios y nadie ha pensado en las víctimas, en nosotras que vamos a ver en las calles a los asesinos de nuestros padres, a nuestros torturadores”.

“Aunque sean viejos, fueron violadores, asesinos y torturadores. Que sean de la tercera edad no los libera de sus crímenes. Salen libres pero nadie les exige que digan la verdad. Que salgan libres, pero que por favor digan dónde están” fustigó.

Abogado de los criminales saca cuentas alegres;

Por su parte el más conforme con el cambio de criterio del máximo tribunal fue el abogado de más de 80 asesinos de la dictadura recluidos en Punta Peuco, el abogado Mario Meza, el cual señaló; “es un precedente judicial histórico que permite restaurar el estado de derecho para aquellos reos de Punta Peuco” además insistió en que los crímenes que se le imputan a sus representados son simples mentiras “El máximo tribunal está dando una inequívoca y potente señal a todos los reos de este país, que cumpliendo con los requisitos que establece la ley, tienen el derecho a la libertad condicional sin importar la naturaleza del delito por el cual han sido condenados, incluyendo a aquellos que han sido condenados por simples ficciones jurídicas y presunciones fundadas de participación en causas de derechos humanos”

Y finalizó expresando que espera que Sebastián Piñera cumpla con su compromiso de otorgar indultos a los violadores de derechos humanos: “Esperamos que esta potente señal que ha dado la Corte Suprema se claramente entendida por el gobierno de Sebastián Piñera en orden a conceder los indultos presidenciales que ha sido solicitados por reos que se encuentran en condición de enfermedad crónica y terminal”

Las razones de la Corte para conceder beneficios a condenados por delitos contra los Derechos Humanos;

Respecto a los argumentos esgrimidos por la segunda sala de la Corte Suprema, integrada por los ministros Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Manuel Antonio Valderrama y los abogados (i) Ricardo Abuauad y Antonio Barra, para conceder los beneficios a los condenados se señala:

“Que, en el orden referido, las Convenciones suscritas por Chile en materia de Derechos Humanos no impiden reconocer a los condenados su derecho a reincorporarse a la sociedad mediante mecanismos como el de la Libertad Condicional y, concordantemente, el fallo dictado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Barrios Altos vs. Perú, en la resolución sobre el cumplimiento de la sentencia de 7 de septiembre de 2012, sólo cuestiona el otorgamiento “indebido” de beneficios en la ejecución de la pena, lo que eventualmente puede conducir a una forma de impunidad, situación que no se presenta en el caso de autos, donde el amparado cumple los extremos legales y reglamentarios para acceder a la libertad condicional”, sostienen cada uno de los fallos.

Las resoluciones agregan que: “conviene aclarar que lo que se ha venido reflexionando no conlleva desconocer la particular gravedad de los crímenes de lesa humanidad como aquél por el que cumple condena el amparado, sin embargo, tal carácter ya fue considerado para excluir la extinción de responsabilidad penal -y civil- que operaría en delitos comunes, por causales como la amnistía y la prescripción, así como para fijar la cuantía de la pena y, por consiguiente, determinar su cumplimiento efectivo, de manera que, no resulta razonable considerarlo nuevamente, esta vez, para negar de manera absoluta el acceso a la libertad condicional si se han respetado todos los estándares que el derecho internacional ha demandado para tal efecto, reseñados en el motivo 5° ut supra”.

Fuente; La terceraPjud.cl

 

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