Un nuevo hecho de corrupción se destapó hace algunos días en la Región del Maule, hechos que involucrarían a Vialidad del Maule y privados por licitaciones y adjudicaciones de contratos para la mantención de caminos público en sectores rurales, situación que ya había sido denunciada por el Alcalde de Pelarco como presidente de la Asociación de municipios del Maule, y que ahora fue confirmada por un informe final 741 – 17 emanado por la Contraloria General de la República.
Al respecto señaló ayer Atentos que; “el edil, presentó los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado,solicitando que ese organismo se haga parte del proceso de investigación para determinar las responsabilidades, de un hecho que a su juicio resulta escandaloso y que viene a comprobar la acusación que realizó hace algunos días ante la Fiscalía Regional del Maule.”
Dijo el Alcalde; “Nos encontramos con un informe de la Contraloría el cual claramente dice que la directora regional estaba involucrada y haciendo mal uso de su trabajo administrativo y con un actuar ilegal en la licitación de las ofertas y de los contratos. No puede ser que nos encontremos que su pareja está ligada a una empresa, que ella estuvo ligada a una empresa, que su hermano estaba ligado a otra empresa, que son ellos mismos los que suben o modifican los contratos del 1 por ciento y al 2 mil por ciento de los valores. La verdad que sinceramente este es un escándalo de proporciones”
Parte de dicho informe señala;
“Se determinó la existencia de eventuales faltas a la probidad y de conflictos de interés por relaciones entre servidores públicos con contratistas y proveedores de la Dirección Regional de Vialidad del Maule, verificándose al respecto que la Directora Regional de Vialidad trabajó en la Sociedad Asfaltos del Maule Ingeniería y Construcción Limitada, y que su cónyuge se desempeña en esa empresa como residente de obra, en algunos contratos de obras públicas suscritos con dicha repartición; que un hermano de la precitada funcionaria trabaja en la empresa constructora Jorge Ugarte ingenieros Consultores, como ingeniero residente de la asesoría a la inspección fiscal, firma que mantiene también contratos de consultoría con el servicio examinado”.
“Que esa servidora pública intervino en cuatro de los procesos analizados, como miembro de la comisión evaluadora, y que como jefa del departamento de contratos e inspector fiscal (S) suscribió actas que aprueban modificaciones y antecedentes asociados a modificación de contratos, a la Sociedad Asfaltos del Maule Ingeniería y Construcción Limitada, sin abstenerse de participar, que tales actuaciones vulneran el principio de probidad consagrado en el artículo 8° de la Constitución Política de la República, artículos 52, 53 y 62 N° 6, de la ley No 18.575, por lo que esta Contraloría Regional mediante la resolución, N° 103, de 2017, inició en esa repartición regional un sumario administrativo a fin de investigar las eventuales responsabilidades administrativas, debiendo en esta oportunidad incorporar estos nuevos antecedentes a dicho proceso disciplinario”.
“Se verificó que el señor Ornar Bravo Díaz, participó en las comisiones de evaluación de las ofertas técnicas de 7 procesos concursales para la contratación de asesorías a la Inspección Fiscal de los contratos de conservación global mixto, publicadas durante el año 2017, y en todos ellos participó, entre otros oferentes, la empresa Alejandro Gana Valencia, sin que el referido servidor se haya abstenido de evaluar ni informó a su jefatura acerca de potenciales conflictos de interés que le afectaban en el ejercicio de su empleo o función”.
“Se comprobó la ausencia de un instrumento técnico formal y uniforme para la priorización de las labores de conservaciones de caminos, y que esa entidad no cuenta con un diagnóstico y catastro completo del estado real de la red vial de la Región del Maule, imposibilitando así la idónea administración y gestión de los recursos públicos comprometidos en la materia examinada”.
Finalmente y entre otras conclusiones se establece que “La ejecución de operaciones por administración directa -realizadas por personal y equipos de Vialidad-, no obstante existir contratos de conservación globales vigentes -bajo la responsabilidad de un contratista-, para los mismos tramos de caminos intervenidos, se determinó, para los 4 contratos examinados, la existencia de múltiples partidas cuyas cantidades fueron aumentadas -entre un 1% y hasta un 2.183%- o disminuidas -entre un 1% y hasta un 100%- mediante las modificaciones aprobadas, las que en conjunto importaron al menos, el doble de lo contratado inicialmente, afectando así los principios de eficiencia, eficacia y economicidad consagrados en los artículos 3° y so-de la ley No 18.575”.